El Gobierno parece que se pone las pilas, no voy a criticar la medida, ya se encargaran otros que es su trabajo, lo importante es que por fin parece que se mueven y algún beneficio tenemos las empresas y emprendedores.
Un resumen de la ley.
NUEVAS BONIFICACIONES DE SEG SOCIAL
CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL
(Art.1 Real Decreto-Ley 1/2011 del 11 de Febrero).
A las medidas establecidas en este artículo podrán acogerse empresas que contraten inicialmente, de forma temporal o indefinida, a trabajadores a tiempo parcial con jornada de trabajo entre el 50% y el 75% de la de un trabajador a tiempo completo.
En los supuestos de contratos temporales, la duración del contrato deberá ser igual o superior a 6 meses y deberá suponer un incremento neto de plantilla de la empresa.
Además las empresas estarán obligadas a mantener durante 12 meses, el nivel de empleo alcanzado con la contratación.
Las personas contratadas deben estar en situación de desempleo y estar inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos desde el 1/1/2011.
Además deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Tener una edad igual o inferior a 30 años.
b) Llevar inscritas en la Oficina de Empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.
Si la empresa reúne todos los requisitos tendrá derecho, durante los 12 meses siguientes a la contratación, a una reducción del 100% en todas las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
Si tienes tiempo y te apetece te adjunto un enlace a la ley completa Art.1 Real Decreto-Ley 1/2011 del 11 de Febrero