Bonificación del 100% Seguridad social por contratos a tiempo parcial

El Gobierno parece que se pone las pilas, no voy a criticar la medida, ya se encargaran otros que es su trabajo, lo importante es que por fin parece que se mueven y algún beneficio tenemos las empresas y emprendedores.

Un resumen de la ley.

NUEVAS BONIFICACIONES DE SEG SOCIAL

CONTRATOS A  TIEMPO PARCIAL

(Art.1 Real Decreto-Ley 1/2011 del 11 de Febrero).

A las medidas establecidas en este artículo podrán acogerse empresas que contraten inicialmente, de forma temporal o indefinida, a trabajadores a tiempo parcial con jornada de trabajo entre el 50% y el 75% de la de un trabajador a tiempo completo.

En los supuestos de contratos temporales, la duración del contrato deberá ser igual o superior a 6 meses y deberá suponer un incremento neto de plantilla de la empresa.

Además las empresas estarán obligadas a mantener durante 12 meses, el nivel de empleo alcanzado  con la contratación.

Las personas contratadas deben estar en situación de desempleo y estar inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos desde el 1/1/2011.

Además deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:

a) Tener una edad igual o inferior a 30 años.

b) Llevar inscritas en la Oficina de Empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.

Si la empresa reúne todos los requisitos  tendrá derecho, durante  los 12 meses siguientes a la contratación, a una reducción del 100% en todas las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

Si tienes tiempo y te apetece te adjunto un enlace a la ley completa Art.1 Real Decreto-Ley 1/2011 del 11 de Febrero