El Gobierno parece que se pone las pilas, no voy a criticar la medida, ya se encargaran otros que es su trabajo, lo importante es que por fin parece que se mueven y algún beneficio tenemos las empresas y emprendedores.
Un resumen de la ley.
NUEVAS BONIFICACIONES DE SEG SOCIAL
CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL
(Art.1 Real Decreto-Ley 1/2011 del 11 de Febrero).
A las medidas establecidas en este artículo podrán acogerse empresas que contraten inicialmente, de forma temporal o indefinida, a trabajadores a tiempo parcial con jornada de trabajo entre el 50% y el 75% de la de un trabajador a tiempo completo.
En los supuestos de contratos temporales, la duración del contrato deberá ser igual o superior a 6 meses y deberá suponer un incremento neto de plantilla de la empresa.
Además las empresas estarán obligadas a mantener durante 12 meses, el nivel de empleo alcanzado con la contratación.
Las personas contratadas deben estar en situación de desempleo y estar inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos desde el 1/1/2011.
Además deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Tener una edad igual o inferior a 30 años.
b) Llevar inscritas en la Oficina de Empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.
Si la empresa reúne todos los requisitos tendrá derecho, durante los 12 meses siguientes a la contratación, a una reducción del 100% en todas las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
Si tienes tiempo y te apetece te adjunto un enlace a la ley completa Art.1 Real Decreto-Ley 1/2011 del 11 de Febrero
Hola!
Con la nueva Reforma de 2012 todo esto ha cambiado un poco. Os dejo aquí algo de información actualizada.
http://negocios.uncomo.com/articulo/como-me-afecta-la-reforma-laboral-2012-bonificaciones-para-empresas-5617.html
Un saludo!
Gracias ,os habéis ganado el derecho a enlace por el buen resumen en vuestro blog y es de los pocos que dejo pasar.
Hola, soy «beneficiario» de un contrato de seis meses con jornada al 75% y el jefe me dice que no puede hacerme un contrato de jornada completa antes de un año y que me tendria que hacer otro de seis meses en las mismas condiciones, porque perderia la bonificacion de la SS. ¿Hasta que punto es eso cierto? Si alguien me puede ayudar ….Gracias.